Muchas veces los bonos se emiten en moneda extranjera particularmente en Dólares Estadounidenses (US$). Tal hecho no altera el procedimiento estudiado anteriormente excepto que al efectuar la registración debemos tomar el tipo de cambio vigente a dicha fecha para expresar en términos de moneda nacional y periódicamente realizar reexpresiones de valores.
Conversión de partidas extranjeras a moneda nacional
Las disposiciones legales establecen que los registros contables sean en idioma y moneda oficial, es decir en castellano y en Pesos ($) respectivamente. Razón por la cual, al momento de efectuarse la contabilización de bonos en moneda extranjera (US$) se multiplicará por el tipo de cambio oficial vigente en la fecha de operaciones para de esa manera expresar en moneda nacional ($).
Tratamiento contable
Como describimos anteriormente, debemos incorporar un asiento para regularizar los saldos en moneda nacional a valores de moneda extranjera (US$).
Para tener un concepto adecuado utilizaremos la hipótesis anterior suponiendo lo siguiente:
1. Que los bonos tienen un valor nominal de US$ 100.00 cada uno y al momento de emitirse el tipo de cambio es $ 4.70 por unidad de Dólar Estadounidense.
2. Que el tipo de cambio vigente al 31 de diciembre de 1997 es $ 4.94 por unidad de Dólar Estadounidense.
Antes de preparar el comprobante de diario traspaso, efectuaremos la conversión de la moneda extranjera a moneda local ($).
US$ 100.000,00 por 1.000 bonos igual US$ 100.000,00
US$ 100.000,00 por 4.70 igual $ 470.000,00
La registración a practicarse es:
Al 31 de diciembre de 1997 debemos reexpresar valores tomando en cuenta el tipo de cambio de $ 4.94 por unidad de Dólar Estadounidense.
Antes de preparar el comprobante de diario efectuaremos la reexpresión de valores, de la siguiente manera:
La registración a practicarse es:
Una vez mayorizada la operación el saldo de la cuenta Bonos por pagar al 31 de diciembre de 1997 será de $ 494.000,00 equivalentes a US$ 100.000,00 al tipo de cambio de $ 4.94 por unidad de Dólar Estadounidense.
Por tanto, todas las operaciones (intereses, diferencial de emisión, amortizaciones) deberán inicialmente calcularse en moneda extranjera (US$) y luego efectuar su conversión a moneda nacional al tipo de cambio oficial y vigente en la fecha de la operación, para de esta manera tener registrada la operación en su equivalencia.