Suelen en algunos casos encontrarse diferencias entre el saldo según registros, respecto al saldo que arroja el arqueo.
Cuando se suscitan estas diferencias deben ser reconocidas contablemente a la conclusión del arqueo, para reflejar en mayores tal diferencia.
Los casos que normalmente pueden suscitarse son:
- Faltantes sin responsabilidad del encargado
- Faltantes con responsabilidad del encargado
Para efectuar la correspondiente demostración, de los dos casos citados, utilizaremos el supuesto anterior alterando lo siguiente:
Observando la parte final del arqueo, llegamos a deducir la existencia de un falte de $ 1.000.00, suscitado al efectuarse el recuento del efectivo.
Faltantes sin responsabilidad del encargado
Este caso se refiere a diferencias en menos (faltantes), encontradas en el arqueo y después de evidenciar realmente que no existe responsabilidad del encargado, el faltante debe imputarse contra gastos.
El registro a practicarse es:
Faltantes con responsabilidad del encargado
Este caso se refiere a diferencias en menos (faltantes) encontradas en el arqueo y después de evidenciar que existe responsabilidad del encargado, el faltante debe imputarse contra Cuentas del personal, ya que tales fonos serán recuperados por la empresa,
El registro a practicarse es: