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Impuesto de Sucesiones y/o Donaciones — Impuesto Negativo Sobre la Renta — Impuesto sobre el Patrimonio

Impuesto de Sucesiones y/o Donaciones. Gravan las donaciones mortis causa (o sucesiones hereditarias) y las donaciones inter vivos, con tipos generalmente muy progresivos, en función del volumen de lo heredado o donado, y a veces también en función del patrimonio del causa-habiente o beneficiario (este supuesto se conoce como el del “hijo pródigo”). E.i.: death tax (de sucesiones) y gift tax (de donaciones).

Impuesto Negativo Sobre la Renta. Por razones de equidad impositiva y solidaridad social, la Hacienda Pública puede decidir pagar determinadas cantidades a ciertos beneficiarios debido a sus nulos o bajos ingresos personales, cuando menos, un nivel de vida mínimamente aceptable. Este sistema de transferencia de renta a los económicamente más débiles, tiene antecedentes desde las llamadas “leyes de pobres” en Inglaterra de los siglos XVIII y XIX, pero la formulación moderna del concepto vigente se debe al economista Milton Friedman (1962) en su obra “Capitalismo y liberalismo”. Se ha producido propuestas de aplicación de esta idea, entre ellas las del Premio Nobel de Economía James Tobin. E.i.: negative income tax.

Impuesto sobre el Patrimonio.  El que grava el acervo de bienes de una persona física (fincas rústica y urbanas, valores mobiliarios, etc.) con un tipo de impuesto normalmente no muy alto (de otra forma sería una letra de capitales), sirviendo sobre todo, para conocer mejor las fuentes de tributación de los contribuyentes. E.i.: capital tax.