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Registro Central — Registro de Caja — Registro de la Propiedad — Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI)

Registro Central. Se ubica en el Servicio de Compensación y Liquidación de Valores (SCLV) del sistema bursátil español, en el que inscriben las anotaciones en cuenta representativa de derechos-valor. Al registro han de comunicarse todos los movimientos que se produzcan en las cuentas de valores abiertas en las entidades adheridas al SLCV. E.i.: Central registry.

Registro de Caja. Una de las secciones del Banco de España, en las que se anotan las transacciones con el exterior, y se analizan sus repercusiones sobre la economía; especialmente sobre la liquidez del sistema financiero y la cotización de peseta. E.i.: Bank oí Spain'cash registry.

Registro de la Propiedad. Tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles, así como de las resoluciones judiciales relativas a la capacidad de las personas y de los contratos de arrendamiento y de opción. E.i.: property register.

Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI). Constituye una división operativa del Banco de España, a la que todos los bancos y demás entidades financieras, e incluso particulares, pueden comunicar las situaciones de insolvencia que los afectan para su inscripción sistemática, de modo que funcione como centro de información a la que pueden acceder las empresas para hacer previsiones en relación con sus clientes potenciales. E.i.: puede traducirse porbad debts register.