La percepción del interés se refiere a la obtención del beneficio que generan estos títulos en favor del inversionista para de ésta manera contabilizar el ingreso correspondiente.
La percepción del interés sobre bonos implica los siguientes casos:
- Percepción del interés en la fecha del interés
- Percepción del interés entre fechas de interés
Percepción del interés en la fecha del interés
Esta operación hace referencia a la percepción (cobro) del interés cuando los bonos fueron adquiridos en exactamente la misma fecha que emitió la empresa emisora.
Su tratamiento contable implica dos procedimientos:
- Base del efectivo
- Base del devengado
Percepción del interés en la fecha del interés sobre la base del efectivo
Este caso hace referencia a la registración contable a practicarse, al momento de efectivizarse el pago de los intereses que ganaron los bonos cuando estos se compraron en la fecha emisión.
Para realizar la demostración práctica utilizaremos el supuesto del ejercicio que desarrollamos, adicionando lo siguiente:
30 de junio de 1997. Almacenes “Rosita” recibe $ 3.000.00 en efectivo de compañía “XX”, por concepto de intereses que generaron los bonos desde el 1 de enero al 30 de junio de 1997.
La registración a practicarse es:

La empresa emisora verídicamente canceló $ 3.000.00 por concepto de intereses, porque el inversionista (Almacenes “Rosita”) tuvo en su poder los bonos a partir del 1 de enero de 1997.
Percepción del interés en la fecha del interés sobre la base del devengado
Este caso hace referencia a la registración contable a practicarse al vencimiento de los intereses ganados y no cobrados que generaron los bonos, cuando estos se compraron en la fecha emisión.
Para realizar la demostración práctica utilizaremos el supuesto anterior (compra en la fecha emisión e intereses), adicionando lo siguiente:
30 de junio de 1997. Almacenes “Rosita” devenga $ 3.000.00 por concepto de intereses que generaron los bonos desde el 1 de enero al 30 de junio de 1997.
La registración contable a practicarse es:

La empresa emisora verídicamente cancelará $ 3.000.00 por concepto de intereses, porque el inversionista (Almacenes “Rosita”) tuvo en su poder los boros a partir del 1 de enero de 1997.
Percepción del interés entre fechas de interés
- Base del efectivo
- Base del devengado
Percepción del interés entre fechas de interés sobre la base del efectivo
Este caso hace referencia a la registración contable a practicarse al momento de efectivizarse el pago de los intereses que ganaron los bonos, cuando estos se compraron en una fecha posterior a su emisión.
Para realizar la demostración práctica utilizaremos el supuesto anterior (compra posterior a la fecha de emisión y entre fechas de interés) adicionando lo siguiente:
30 de junio de 1997. Almacenes “Rosita” recibe $ 3.000.00 en efectivo de compañía “XX”, por concepto de intereses que generaron los bonos desde el 1 de enero al 30 de junio de 1997
La registración a practicarse es:

La empresa emisora verídicamente canceló $ 3.000.00 por concepto de intereses, pero el inversionista (Almacenes “Rosita”) solo tuvo en su poder los bonos a partir del 1 de abril de 1997, correspondiéndole únicamente un interés de $ 1.500.00 por tres meses hasta el 30 de junio de 1997, razón por la cual al momento comprar de estos valores debitó la cuenta Intereses por cobrar que corresponden al interés del 1 de enero al 31 de marzo de 1997 mismos que fueron recuperados para de esa manera saldar dicha cuenta.
Percepción del interés entre fechas de interés sobre la base del devengado
Este caso hace referencia a la registración contable a practicarse al vencimiento de los intereses ganados y no cobrados que generaron los bonos, cuando estos se compraron en una fecha posterior a la emisión.
Para realizar la demostración práctica utilizaremos el supuesto del ejemplo anterior (Compra posterior a la fecha de emisión y entre fechas de interes), adicionando lo siguiente:
30 de junio de 1997. Almacenes “Rosita” devenga $ 3.000.00 por concepto de intereses que generaron los bonos desde el 1 de enero al 30 de junio de 1997.
La registración contable a practicarse es:
