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Comité de Gestión — Comité de los Gobernadores de los Bancos Centrales de la CE — Comité de los Veinte

Comité de Gestión. En la Comunidad Europea, es el grupo de trabajo que rige cada una de las organizaciones comunes de mercado. Es compuesto por expertos que representan a los Estados miembros, y que votan con la misma ponderación que en el Consejo de Ministro. La presidencia y el secretariado, sin voto, están garantizados por la Comisión. En caso de dictamen desfavorable del Comité, la Comisión debe informar de su decisión al Consejo, que tiene un mes para revocar la decisión de la Comisión. E.i.: management committee.

Comité de los Gobernadores de los Bancos Centrales de la CE. Aquel cuyo objetivo primordial es velar por el estricto cumplimiento del artículo 104 del Tratado de Roma, según el cual cada miembro “aplicará la política económica necesaria para garantizar el equilibrio de su balanza global de pagos y mantener la confianza en su moneda, procurando asegurar un alto nivel de empleo y la estabilidad del nivel de los precios”. Su sede está en el BPI, en Basilea. Está previsto su desaparición entre 1996-1999 cuando se funde el Banco Central Europeo. E.i.: Committee of Central Banks Governors.

Comité de los Veinte. Nombre coloquial, y más generalmente utilizado para definir al grupo de trabajo constituido en el año 1972 por el FMI, para estudiar la reforma del sistema monetario internacional, tras la declaración de inconvertibilidad oro del dólar. Sigue funcionando como grupo de estudio del FMI para los problemas monetarios internacionales. E.i.: Committe of Twenty, Committee on Reform of the International Monetary System and Related Issues.