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Consorcio — Constitución — Consulados del Mar — Consulta Tributaria

Consorcio. Agrupación más o menos informal de empresas, con o sin formalización jurídico-económico, pero siempre sin perder su autonomía financiera y personalidad jurídica de las partes consorciadas. El consorcio tiene objetivos concretos en los campos: financieros, de ventas, fiscales, de restricción de la competencia, etc. E.i.: consortium, syndicate.

Constitución. Ley fundamental de la organización de un Estado, que establece los derechos y las obligaciones de los ciudadanos, las bases de un régimen electoral, y el modo de regirse las instituciones. En la Constitución figuran, como cuestiones importantes, la obligación de todos a contribuir a las cargas fiscales y la potestad fiscal del Estado de fijar los tributos. Así se hace en la Constitución española de 1978, en el art. 133. También en la Constitución se reconoce el derecho al trabajo en el art. 35, a la negociación colectiva (art. 37), a la libertad de empresa (art. 38), a la seguridad social (art. 41), al medio ambiente en (art. 45), y la vivienda digna (art. 47). E.i.: constituion.

Consulados del Mar. Organismos rectores de comercio marino, existentes en el Mediterráneo desde el siglo XI. Eran agrupaciones para personas de la mar, y servían de tribunales para la resolución de conflictos. En el Reino de Aragón los creó Jaimel en 1157, con la Universidad de Prohombres de la Rivera. Puede ser considerado como los antecesores de los tribunales de comercio. P.t.: Ancient Trade Courts.

Consulta Tributaria. La que puede ser formulado por los contribuyentes para conocer las obligaciones fiscales que les alcanzan en supuestos concretos. En más de las veces, las contestaciones tienen carácter de mera información. También existen las vinculantes para la Administración cuando así lo autoriza la Ley. E.i.: tax consultation.