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Crédito Rotativo — Crédito Sindicado — Crédito Sobre Mercaderías — Crédito Vencido

Crédito Rotativo. Aquel que una vez reembolsado puede volver a ser utilizado durante un determinado período, análogamente a lo que sucede con una cuenta de crédito. El prestatario gira contra el crédito cuando los necesita, pagando intereses sobre las cantidades que ha dispuesto; así como una comisión de disponibilidad sobre la parte no utilizada. E.i.: revolving credit.

Crédito Sindicado. Aquel crédito bancarío, usualmente de mediano o largo plazo, cuyos recursos -debido a su fuerte volumen- son apartados por un conjunto de bancos, que se unen formando un sindicato. El acreditado de un mandato es uno de los bancos que le hayan hecho la oferta (banca agente), el cual se compromete a encontrar el suficiente apoyo por parte de otros bancos para llegar a la cantidad, comprometida. Cada participante responde únicamente de aportar su proporción. Ninguno de los bancos que forman parte del sindicato puede ejercitar individualmente acciones judiciales, salvo las que se refieren a la defensa de sus propios intereses. Las relaciones con el acreditado se deberán gestionar a través del banco agente, el cual, cobra comisiones superiores a las de los demás.  E.i.: sindicated credit.

Crédito Sobre Mercaderías. Aquel que se concede a través de garantías de mercancías del acreditado, pero puestas a disposición del banco. E.i.: stock credit.

Crédito Vencido. El crédito que no ha sido cubierto en el tiempo estipulado como fecha límite, por tanto ha llegado a su vencimiento. E.i.: overdue credit.