Cuenta Mancomunada. La cuenta colectiva en la que se requiere la firma de todos los titulares para hacer cualquier movimiento. E.i.: joint account.
Cuenta Puente. La que se abre con un objetivo determinado y provisional, por ejemplo, por una sociedad que está en trance de constitución, hasta el momento de haberse registrado. E.i.: bridge account.
Cuenta Solidaria. Aquella cuenta colectiva en la que basta la firma de uno de los titulares para hacer cualquier movimiento. E.i.: solidary account.
Cuentas Anuales. Conjunto de estados contables que deben presentarse periódicamente para información de los terceros interesados en la marcha de una empresa. En las directivas de CEE, las cuentas anuales se entiende como la que deben estar integradas por: el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, y el anexo o notas complementarias explicativas de los principales criterios contables que han servido de base para su preparación. También pueden formar parte de las cuentas anuales los otros registros contables de diversa naturaleza; P.e.: en España, algunas empresas presentan el cuadro de financiamiento, para demostrar los recursos financieros captados y generados en el ejercicio contable, así como la aplicación dada a los mismos. E.i.: annualaccounts, financial statement.
Cuenta Anuales Consolidadas. Cuentas anuales que presentan los grupos de empresas y que comprenderán, el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria consolidados, uniéndose a ellas un informe de gestión consolidado. Se ceñirán en su confección a las estipulaciones legales que sobre consolidación de cuenta recoja el ordenamiento.