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Derecho de Tanteo — Derecho Financiero — Derecho de Suscripción preferente — Derecho-Valor

Derecho de Tanteo. La preferencia que tiene un sujeto respecto a otros; p.e.: un inquilino para comprar una vivienda arrendada, si ésta se pone a la venta; o el socio para suscribir acciones de una ampliación de capital. E.i.: preemtive right.

Derecho Financiero. Es la disciplina jurídica que tiene por objetivo el estudio sistemático de las normas que regulan la obtención y administración de recursos por el Estado y los demás entes públicos para el cumplimiento de sus fines. E.i.: financial law.

Derecho de Suscripción preferente. Derecho de naturaleza económico-patrimonial que asiste a todo accionista de una sociedad anónima por el cual éste tendrá preferencia en la suscripción de acciones u obligaciones convertibles nuevas que emita la sociedad.

Derecho-Valor. Se utiliza esta expresión para referirse a los valores representados por anotaciones en cuenta por diferencia a los representados por un título físico como los denominados título-valor. Es el valor que no es representado documentalmente, sino por medio de una mera anotación en cuenta, transmitiéndose su propiedad por transferencia contable. Este sistema, facilita la compra-venta del valor, al no requerir transmisión física del título. Todo valor que se cotice en Bolsa, debe estar representado así, mediante su inscripción en el registro central del Servicio de Liquidación y Compensación de Valores; o en el registro de una sociedad o agencia de valores en caso de no cotizar en Bolsa. Cuya inscripción en el registro central de una prenda sobre estos valores equivale a su desplazamiento. Se acredita la propiedad mediante los certificados de legitimación. E.i.: registered security.