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Función de Producción — Funcionario — Funcionario Autorizado — Fundación

Función de Producción. Es aquella relación entre la producción de un bien (output) y los factores de producción (imputs) requeridos. En la notación habitual, Q = f(L, K, T, etc.), donde Q  es la producción, L el trabajo (por Labor en inglés). K el capital y T  la tecnología; siendo el etc., todo lo demás, incluyendo, naturalmente las materias primas y los productos intermedios. Puede hablarse de función de producción a nivel de empresa o macroeconómicamente, esto es, a nivel agregado para todo un país. E.i.: production function.

Funcionario. Cualquier ejecutivo importante de una compañía a quien el consejo de administración ha delegado autoridad, o ésta se encuentra establecida en los estatutos; cualquier miembro del personal superior de una organización. E.i.: officer.

Funcionario Autorizado. Empleado con fianza, autorizado para aprobar el pago de comprobantes. E.i.: certifying officer.

Fundación. Persona jurídica de carácter privado que se constituye mediante el aporte patrimonial de una o más personas, cuyo objeto fundamental es el bien común, el interés público y que no tiene propósito de lucro. Las características fundamentales de las fundaciones son: personas jurídicas independientes en forma absoluta de la persona del fundador; no debe subsi exclusivamente de asignaciones del Estado y su funcionamiento requiere la autorización de la IGJ; el fundador no puede ser uno de los favorecidos directos de la fundación, porque se destruiría su espíritu y razón de ser; tiene carácter de perpetuidad; el capital inicial debe posibilitar razonablemente el cumplimiento de los objetivos propuestos; es imprescindible un acto constitutivo escrito; la denominación social debe contener el tipo societario adoptado por el ente, es decir, la palabra fundación. // El principio y origen de una cosa. // Documento en el que constan las cláusulas de una institución de mayorazgo, etc.