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Régimen de Importación Específico — Régimen de Importación General — Régimen de Libertad Comercial — Régimen de Perfeccionamiento Activo

Régimen de Importación Específico. El régimen comercial de importancia que es aplicable a la entrada definitiva de ciertos géneros agrarios, pesqueros, textiles o siderúrgicos. E.i.: specific imports rules.

Régimen de Importación General. El aplicable en España a las importaciones definitivas de productos, con las excepciones de los regímenes de importación específicos, y la importación de productos de Ceuta, Melilla y Canarias. Tiene dos modalidades libertad comercial y autorización administrativa. E.i.: general import rules.

Régimen de Libertad Comercial. Régimen de importación general aplicable a importaciones definitivas de productos industriales, excepto aquellos sometidos a autorización administrativa. Es aplicable a la casi totalidad de mercancías, y el único documento que se requiere es el propio contrato comercial, con la excepción de los productos sometidos a vigilancia estadística previa. E.i.: free trade regime.

Régimen de Perfeccionamiento Activo. En la Comunidad Europea, aquel régimen arancelario especial consistente en la reducción o exención de los derechos arancelarios efectivamente pagados por la importancia de mercancías (materias primas, productos semielaborados, o terminados) realizada al objeto de su ulterior exportación, bien sea a través de su incorporación a un producto manufacturado en el país, o por reexportación del mismo; siempre que exista identidad o equivalencia una vez “perfeccionada” (tras ser sometidas a transformación). Existen dos tipos: sistema de su pensión y de reintegro. E.i.: regime of active improvement.