Este método consiste en constituir previsión para cuentas incobrables tomando como marco de referencia créditos incobrables determinados realmente cada año en función a información estadística, hecho que permite determinar un porcentaje de previsión por cada venta al crédito que realice la empresa y al finalizar el año realizar el ajuste si corresponde.
Para efectuar su demostración práctica utilizaremos el siguiente supuesto:
Almacenes “Rosita” desea constituir previsión para créditos declarados incobrables al cierre de 1997. Para tal efecto; cuenta con la siguiente información:
Para determinar el porcentaje de créditos declarados incobrables en los últimos cinco, aplicaremos la siguiente fórmula:
Simbología:
PCI = Porcentaje de créditos incobrables
SCI = Sumatoria de créditos incobrables
SCV = Sumatoria de ventas al crédito
Reemplazando valores tendremos:
De tal análisis, determinamos que el porcentaje a previsionarse por cada venta al crédito es 14.74 %, razón por la cual, una vez realizada la venta se deberá correr asiento para registrar tal previsión.
Contabilización de la previsión
De acuerdo con el método aplicado, el porcentaje a constituir como previsión para cuentas incobrables por cada venta es 14.74 %.
Para efectuar su demostración práctica utilizaremos el siguiente supuesto:
15 de enero de 1997. Se vende mercaderías por $ 24.600.00 según factura No 456, cobrándose el 40 % y por el saldo se acepta una letra de cambio a 180 d/p.
Analizando la transacción establecemos lo siguiente:
La previsión para créditos será:
Venta al crédito $ 14,760.00 x 14.74 % = $ 2.176.00
La registración a practicarse es:
El asiento que acabarnos de practicar será repetido por cada venta efectuada al crédito, razón por la cual, al cierre del ejercicio se habrá acumulado un determinado importe en la cuenta Previsión para cuentas incobrables, saldo que deberá ser confrontado con la nueva cifra real de previsión determinada al cierre del ejercicio, para determinar si existe diferencia y si corresponde proceder a la regularización.
Para efectuar su demostración práctica utilizaremos el supuesto que acabamos de analizar adicionándole lo siguiente:
(*) Tal cifra de obtiene de aplicar cualquier método de previsionamiento de créditos incobrables.
La diferencia de $ 5.550.00 constituye el exceso registrado en la cuenta Previsión para cuentas incobrables, razón por la cual, tiene que ser retirada de dicha cuenta, para que ésta presente un saldo acreedor solo y únicamente de $ 27.100.00, importe suficiente para coberturar contingencias crediticias.
La registración a practicarse es:
Si el análisis efectuado presentara lo siguiente:
La diferencia de $ 4.450.00 constituye el faltante pendiente de registrarse en la cuenta Previsión para cuentas incobrables, razón por la cual, tiene que ser adicionado a dicha cuenta para que ésta presente un saldo acreedor de $ 37.100.00, importe suficiente para coberturar contingencias crediticias.
La registración a practicarse es: