Se denomina baja de bienes de uso al retiro de estos por encontrarse en condiciones no aptas para prestar servicio útil a una empresa. Se puede originar tal situación, por inclemencias climatológicas, por siniestros, por obsolescencia o por haber cumplido con su vida útil.
Además; se deberá seguir el siguiente procedimiento:
- Actualizar valores hasta la fecha cuando se realiza la baja.
- Efectuar cálculos de la depreciación y su registro hasta la fecha cuando se realiza la baja, tomando en cuenta si es revaluado o no.
- Determinar el valor residual para afectar cuenta de gasto cuando no se recupere o caso contrario cuenta de activo (por cobrar) si existe la posibilidad de recuperación.
- Proceder a la preparación del registro contable.
Para efectuar la demostración práctica en los diferentes casos, plantearemos el siguiente supuesto:
30 de junio de 1997. Almacenes “Rosita” procede a dar baja a un equipo de computación por estar en condiciones inservibles cuyo saldo al 31 de diciembre de 1996 es $ 10.000.00 y su Depreciación acumulada es $ 5.000.00. Tal baja puede implicar tres casos:
1. Baja sin responsabilidad del encargado
2. Baja con responsabilidad del encargado
3. Baja con cobertura de seguro
Para efectuar la demostración práctica en los diferentes casos, se deberá seguir idéntico procedimiento efectuado en la demostración anterior. Es decir, los saldos al 30 de junio de 1997 son:
A continuación, determinamos su valor residual:
Baja de bienes de uso sin responsabilidad del encargado
Utilizando el supuesto según Caso A., el equipo de computación es dado de baja a la fecha sin haberse establecido responsabilidad por parte del encargado, el registro es:
Baja de bienes de uso con responsabilidad del encargado
Utilizando el supuesto según Caso B., el equipo de computación es dado de baja a la fecha habiéndose establecido responsabilidad por parte del encargado Pancho López, el registro es:
Baja de bienes de uso con cobertura de seguro
Utilizando el supuesto según Caso C., el equipo de computación es dado de baja a la fecha habiéndose establecido la cobertura de seguro, el registro es:
Una vez preparado el registro, se dará parte a la compañía aseguradora (Seguros La Paz) y esta, de acuerdo al contrato de seguro suscrito efectúe la coberturación del siniestro, pudiendo suscitarse tres casos:
A. Cobertura del seguro igual al valor residual
B. Cobertura del seguro mayor al valor residual
C. Cobertura del seguro menor al valor residual
Cobertura del seguro igual al valor residual
Para efectuar su demostración práctica, utilizaremos el supuesto del anterior ejemplo.
10 julio de 1997. La compañía aseguradora cobertura el siniestro en exactamente $ 3.845.00.
El registro a practicarse es:
Cobertura de seguro mayor al valor residual
Para efectuar su demostración práctica utilizaremos el supuesto del anterior ejemplo.
10 de julio de 1997. La compañía aseguradora cobertura el siniestro en exactamente $ 6.000.00.
El registro a practicarse es:
Cobertura de seguro menor al valor residual
Para efectuar su demostración práctica utilizaremos el supuesto de un ejemplo anterior.
10 de julio de 1997. La compañía aseguradora cobertura el siniestro en exactamente $ 2.000.00.
El registro a practicarse es: