Consolidación por pasos

Hasta aquí se ha hecho referencia exclusiva al caso en que una empresa controla a todas las subsidiarias cuyos estados son consolidados. En la práctica, existen distintos tipos de situaciones de control. Una de ellas, es la que se presenta cuando una o más empresas son controladas por otra a su vez controlada por la cabeza del grupo, pudiendo, por supuesto, existir otras relaciones intermedias.

Cuando así sucede, puede ser práctica la realización de la consolidación por pasos sucesivos, encarando primero la de los grupos parciales para luego pasar a la del grupo total. Si así se procede, debe prestarse atención en la segregación de los accionistas minoritarios, pues lo que para un grupo parcial es un accionista minoritario, puede no serlo para un grupo más grande, tal como sucede en la siguiente relación:

En la consolidación de los estados de la empresa B y su subsidiaria, la empresa C, no deben confundirse los saldos representativos de la proporción atribuible a los 3 accionistas minoritarios de C ajenos al grupo (poseedores del 20 % de las acciones) con los correspondientes a la empresa A que es la cabeza del grupo (10 %). La participación de ésta debe reflejarse en una cuenta específica, que deberá eliminarse cuando el balance consolidado de B y C se consolide a su vez con el de la empresa A.

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