Tomando en cuenta al titular de la entidad, pueden distinguirse dos tipos de empresa:
- Persona física - empresario individual
- Persona jurídica - sociedades
La diferencia fundamental entre ambos tipos de empresa, reside en que en la jurídica participan varias personas o entes en su constitución, estableciéndose el contrato mediante el cual dos o más personas se obligan a poner en fondo común bienes, industrias o alguno de estos para obtener lucro.
Podemos afirmar que las formulas asociativas básicas del sector agropecuario se especifican de la siguiente manera: