Recibos de Depósito Bancario

a. Depósito en Cuenta Corriente

Por el contrato de cuenta corriente o apertura, el cuentacorrentista deposita o entrega, por si o por medio de un tercero, a un Banco autorizado al efecto, cualquier depósito a la vista que efectúe el cuentacorrentista, se entenderá entregado en cuenta corriente, cantidades sucesivas de dinero, cheques u otros valores, su devolución puede ser total o parcial cuando se lo solicite por medio de giro de cheques.

Formas de Depósito en Cuenta Corriente

Cuando se trate de depósitos o giros en dinero y en cheques a cargo del mismo banco, el cuentacorrentista podrá utilizar tales sumas de dinero de inmediato, mientras que, en los depósitos con cheques de otros bancos, la disponibilidad estará sujeta a la cláusula “salvo buen cobro”.

El recibo de depósito bancario es el documento que extiende el banco como constancia de haber recibido una cantidad determinada de dineros o valores en calidad de depósito, para ser acreditada en la cuenta del titular, firmado por el depositante y por el cajero recibidor con sello y/o registrado por máquina electrónica.

Tipos de monedas en efectivo que se depositan en una cuenta corriente

Existen dos tipos de moneda que son de circulación legal:

1. Moneda Nacional (M/N), pesos.

2. Moneda Extranjera (M/E), de distintos países:  Dólares Estadounidenses ($US), Pesos Argentinos, Marcos Alemanes, etc.

b. Depósito en Caja de Ahorros

Son operaciones bancarias que se utilizan con el fin de fomentar el hábito de ahorro.  Se registra los depósitos y retiros realizados por los cuenta habientes, mediante el documento de “Libreta de Ahorro”, que es entregada por la entidad bancaria al momento de la apertura y primer depósito, con el número de cuenta asignada.

Los depósitos en caja de ahorros generan intereses que pueden agruparse en la cuenta intereses ganados.  También el banco puede capitalizar mensual o semestralmente, los mismos serán debitados en la cuenta de ahorro.

Al igual que los depósitos en cuenta corriente, esté tipo de depósito se realiza en dos tipos de monedas de circulación legal y vigente: Moneda Nacional (M/N) y Moneda Extranjera (M/E).

El ahorrista tiene la facultad de retirar fondos de una caja de ahorros de su propiedad en cualquier día hábil, previa presentación de la libreta e identificación.

c. Depósito a Plazo Fijo

Los depósitos a plazo fijo son operaciones bancarias, por la colocación de recursos relativamente importantes a plazos y periodos variables de 30, 60, 90, 180, 360, días en condiciones de percepción de intereses mayores a los de caja de ahorros; los intereses de mayor tasa, están en función a los plazos y montos.

El depositante no puede retirar el monto depositado antes de la fecha de vencimiento del plazo estipulado, (si se diera el caso de retiro del monto antes de la fecha de vencimiento del plazo estipulado pierde el interés pactado).

Certificado de Depósito a plazo fijo

El certificado de depósito a plazo fijo, es emitido por el banco y entregado al depositante, como constancia probatoria del depósito.

Las modalidades de Depósitos a Plazo Fijo son las siguientes:

I. En Moneda Nacional - depósito a plazo fijo, sin mantenimiento de valor.

II. En Moneda Nacional - depósito a plazo fijo, con mantenimiento de valor.

III. En Moneda Extranjera - depósito a plazo fijo.

Devoluciones y/o retiros del capital e intereses

Devolución de Plazo Fijo sin mantenimiento de valor (M/N). - Que, a su vencimiento son devueltos por el banco en la misma moneda (pesos), y por el mismo monto consignado en el certificado, más los respectivos intereses, en esta modalidad rio se toma en cuenta las variaciones del tipo de cambio del Dólar con respecto a la moneda nacional.

Devolución de Plazo Fijo con mantenimiento de valor (M/N). - Que, a su vencimiento son devueltos por el banco en la misma moneda (pesos), previo ajuste del monto consignado en el certificado de acuerdo a las variaciones experimentadas desde la fecha de emisión y a su vencimiento del tipo de cambio del dólar con respecto a la moneda nacional: de la misma manera los intereses devengados.

Devolución de Plazo Fijo en moneda extranjera (M/E). - Que, a su vencimiento son devueltos por el banco en la misma moneda (Dólares Americanos), por el monto registrado en el certificado, más los correspondientes intereses devengados.

Si el depositante desea la devolución en moneda nacional deberá efectuar el banco al tipo de cambio vigente en el día.

d. Depósito en Garantía

Este documento emite el Banco en constancia de haber recibido títulos de propiedad o valores, etc., en calidad de garantía sobre un préstamo otorgado. Serán devueltos después de pagar la deuda más los intereses devengados.

e. Depósito en Custodia

Es un documento emitido por el Banco o por la persona a quién se deposita, como constancia de haber recibido documentos, valores, joyas, etc., que serán devueltos al término del tiempo establecido pagando las comisiones pactadas.

f. Depósito Judicial

Este documento es emitido como constancia de un depósito hecho en una entidad financiera, por orden del Juez. Cuando se va a retirar este documento se requiere el endoso por la misma autoridad.

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