El vale es un documento de suscripción de una orden, o una promesa de crédito y de giro, por el cual una persona natural o jurídica, se compromete a pagar una suma de dinero, o entregar una mercadería u otro objeto valorado, ya sea a la vista o en un determinado plazo, a otra persona a cancelar su importe y entrega del bien.
Este documento es la prueba del compromiso que asume el deudor firmante para con el acreedor, de suscribirse a la orden o del portador, o nominativo.
Personas que intervienen en el Vale
Las personas que intervienen en la suscripción del vale son:
El suscriptor o deudor y el beneficiario o el tenedor (o el endosado).
Requisitos del vale
Este tipo de documento debe contener:
1. La mención de ser Vale, inserta en el texto del documento.
2. La cantidad en letras y cifras, así se trate de dinero o de mercaderías u objetos.
3. El beneficiario.
4. El plazo.
5. El motivo de la suscripción del vale.
6. El lugar de emisión y fecha.
7. La firma del suscriptor o deudor.
Validez del documento (vale)
Este tipo de documento es confiable entre personas naturales y jurídicas, y tiene validez cuando se cumple el pago estipulado o recibido a satisfacción del beneficiario (o endosado), y sirve como documento de prueba al beneficiario.
Vale por dinero
En caso de un vale por dinero, la persona está obligada a entregar un importe del mismo, pero puede entregar provisionalmente un vale, el cual es exigible a la vista o al vencimiento del plazo convenido.
Vale por mercancías
Este tipo de vale se utiliza cuando se ha recibido el importe de la mercancía, cuando el vendedor no tiene en existencia momentáneamente en sus almacenes; o en la misma fecha en almacenes o depósitos ubicados en lugar distante a la oficina central o caja donde se hizo el pago.
Diferencia entre vale y pagaré
La diferencia entre vale y pagaré está, en que el vale es a la vista el pago o su entrega del bien al beneficiario, mientras que el pagaré siempre es a plazos.
Diferencia entre vale y recibo
La diferencia está en que el vale es un compromiso y tiene efecto cuando se cumple el pago o entrega al beneficiarlo, mientras el recibo se otorga en el momento del acto en que se recibe o se entrega valores, dineros, mercaderías, etc.